El Instituto tiene la facultad de integrar un padrón de cooperativas y proporcionar información estadística sobre sus actividades. Además, facilitará la supervisión de estas entidades y apoyará el diseño de programas de fomento.
La Secretaría de Bienestar expedirá el Acuerdo que contenga las bases de operación y funcionamiento del sistema electrónico a que alude el artículo 12 de este ordenamiento.
La Secretaría de Economía y la Secretaría de Bienestar, con la intervención del Instituto, suscribirán el instrumento jurídico adecuado que permita agilizar de forma segura y electrónica el registro de las Sociedades Cooperativas en el Sistema Integral de Gestión Registral, así como para obtener mediante el acceso a dicho Sistema la información relativa a las Sociedades Cooperativas. Artículo reformado DOF 16-04-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las cooperativas deben colaborar con el Instituto al proporcionar la información requerida, ya que esto contribuirá a su visibilidad y acceso a programas de apoyo. Un padrón actualizado es clave para el desarrollo del sector.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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