El ejercicio de profesiones de salud está sujeto a diversas leyes y regulaciones. Se requiere coordinación entre autoridades educativas y sanitarias para su regulación.
El ejercicio de las profesiones, de las actividades técnicas y auxiliares y de las especialidades para la salud, estará sujeto a:
LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
I. La Ley Reglamentaria del artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México; Fracción reformada DOF 29-05-2023
II. Las bases de coordinación que, conforme a la ley, se definan entre las autoridades educativas y las autoridades sanitarias;
III. Las disposiciones de esta Ley y demás normas jurídicas aplicables, y
IV. Las leyes que expidan los estados, con fundamento en los artículos 5o. y 121, fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los profesionales de la salud se mantengan informados sobre las leyes que regulan su ejercicio para evitar sanciones. La coordinación entre autoridades es esencial para el cumplimiento normativo.
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