LGS

Artículo 72 Bis. Enfoque en recuperacion

Los servicios de salud mental se enfocan en la recuperacion y bienestar, promoviendo la autonomia del individuo. Este enfoque es clave para la calidad de la atencion.

recuperacionbienestarsalud mental
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 15 de enero de 2026. Verificado en 2026.

Texto Legal

El propósito último de los servicios de salud mental es la recuperación y el bienestar, el despliegue óptimo de sus potencialidades individuales para la convivencia, el trabajo y la recreación.

La recuperación varía de persona a persona, de acuerdo con las preferencias individuales, significa el empoderamiento de la persona para poder tener una vida autónoma, superando o manejando el trauma.

La atención a la salud mental deberá brindarse con un enfoque comunitario, de recuperación y con estricto respeto a los derechos humanos de los usuarios de estos servicios, en apego a los principios de interculturalidad, interdisciplinariedad, integralidad, intersectorialidad, perspectiva de género y participación social. Artículo adicionado DOF 16-05-2022

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La personalizacion de los tratamientos es esencial para el exito en la recuperacion. Involucrar a los pacientes en su proceso es fundamental.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 72 Bis del LGS?

Los servicios de salud mental se enfocan en la recuperacion y bienestar, promoviendo la autonomia del individuo. Este enfoque es clave para la calidad de la atencion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 72 Bis de la LEY de Salud?

[IA] La personalizacion de los tratamientos es esencial para el exito en la recuperacion. Involucrar a los pacientes en su proceso es fundamental.

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