LGS

Artículo 4. Autoridades sanitarias

Se enumeran las autoridades sanitarias en México, incluyendo al Presidente de la República y la Secretaría de Salud, entre otros. Este artículo establece la estructura de gobierno en el ámbito de la salud pública.

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Texto Legal

Son autoridades sanitarias:

I. El Presidente de la República;

II. El Consejo de Salubridad General;

III. La Secretaría de Salud, y LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Fracción reformada DOF 27-05-1987

IV. Los gobiernos de las entidades federativas, incluyendo el Gobierno de la Ciudad de México. Fracción reformada DOF 09-04-2012, 29-05-2023

TITULO SEGUNDO Sistema Nacional de Salud

CAPITULO I Disposiciones Comunes

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Entender quiénes son las autoridades sanitarias es clave para cualquier gestión relacionada con la salud. Esto es relevante para la asesoría legal en el sector salud.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del LGS?

Se enumeran las autoridades sanitarias en México, incluyendo al Presidente de la República y la Secretaría de Salud, entre otros. Este artículo establece la estructura de gobierno en el ámbito de la salud pública.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la LEY de Salud?

[IA] Entender quiénes son las autoridades sanitarias es clave para cualquier gestión relacionada con la salud. Esto es relevante para la asesoría legal en el sector salud.

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