Los envases de substancias psicotrópicas deben llevar etiquetas que cumplan con requisitos específicos, asegurando la correcta información al consumidor.
Los envases y empaques de las substancias psicotrópicas, para su expendio llevarán etiquetas que, además de los requisitos que determina el artículo 210 de esta Ley, ostenten los que establezcan las disposiciones aplicables a la materia de este Capítulo.
CAPITULO VII Establecimientos Destinados al Proceso de Medicamentos
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que los fabricantes y distribuidores cumplan con las normativas de etiquetado para evitar sanciones. La claridad en la información es clave para la seguridad del consumidor.
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