LGS

Artículo 223. Control de plantas medicinales

Los productos que contengan plantas medicinales están sujetos a control sanitario y normas oficiales emitidas por la Secretaría de Salud. Esto asegura su calidad y seguridad para el consumo.

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Texto Legal

El proceso de los productos que contengan plantas medicinales queda sujeto al control sanitario a que se refiere este capítulo y a las normas oficiales mexicanas que al efecto emita la Secretaría de Salud. Artículo reformado DOF 27-05-1987, 07-05-1997

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los productores de plantas medicinales se mantengan informados sobre las normas oficiales para evitar problemas de regulación. La calidad de estos productos puede influir en su aceptación en el mercado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 223 del LGS?

Los productos que contengan plantas medicinales están sujetos a control sanitario y normas oficiales emitidas por la Secretaría de Salud. Esto asegura su calidad y seguridad para el consumo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 223 de la LEY de Salud?

[IA] Es importante que los productores de plantas medicinales se mantengan informados sobre las normas oficiales para evitar problemas de regulación. La calidad de estos productos puede influir en su aceptación en el mercado.

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