LGS

Artículo 111. Aspectos de la promoción de la salud

La promoción de la salud incluye educación, nutrición, control ambiental y salud ocupacional. Estos elementos son fundamentales para el bienestar de la población.

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Texto Legal

La promoción de la salud comprende:

I. Educación para la salud;

II. Alimentación nutritiva, actividad física y nutrición; Fracción reformada DOF 14-10-2015, 08-11-2019

III. Control de los efectos nocivos del ambiente en la salud, adoptando medidas y promoviendo estrategias de mitigación y de adaptación a los efectos del cambio climático; Fracción reformada DOF 27-05-1987, 08-04-2013

IV. Salud ocupacional, y Fracción reformada DOF 27-05-1987

V. Fomento Sanitario Fracción adicionada DOF 27-05-1987

CAPITULO II Educación para la Salud

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La inclusión de múltiples aspectos en la promoción de la salud permite un enfoque integral. Los profesionales deben colaborar en la implementación de programas que aborden estas áreas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 111 del LGS?

La promoción de la salud incluye educación, nutrición, control ambiental y salud ocupacional. Estos elementos son fundamentales para el bienestar de la población.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 111 de la LEY de Salud?

[IA] La inclusión de múltiples aspectos en la promoción de la salud permite un enfoque integral. Los profesionales deben colaborar en la implementación de programas que aborden estas áreas.

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