Se podrá solicitar el embargo precautorio de bienes de servidores públicos o particulares vinculados a faltas graves, para asegurar el cobro de sanciones. Este embargo se convierte en definitivo tras la imposición de la sanción.
Cuando el servidor público o los particulares presuntamente responsables de estar vinculados con una Falta administrativa grave, desaparezcan o exista riesgo inminente de que oculten, enajenen o dilapiden sus bienes a juicio del Tribunal, se solicitará al Servicio de Administración Tributaria o la autoridad competente en el ámbito local, en cualquier fase del procedimiento proceda al embargo precautorio de sus bienes, a fin de garantizar el cobro de las sanciones económicas que llegaren a imponerse con motivo de la infracción cometida. Impuesta la sanción económica, el embargo precautorio se convertirá en definitivo y se procederá en los términos de la legislación aplicable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que los servidores públicos y particulares mantengan sus bienes en orden, ya que el embargo precautorio puede ser una medida inmediata. Se aconseja consultar con un abogado al enfrentar investigaciones de este tipo.
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