El servidor publico que contrate a familiares hasta el cuarto grado comete nepotismo. Esta falta se sanciona para prevenir conflictos de interés en la administración pública.
Cometerá nepotismo el servidor público que, valiéndose de las atribuciones o facultades de su empleo, cargo o comisión, directa o indirectamente, designe, nombre o intervenga para que se contrate como personal de confianza, de estructura, de base o por honorarios en el ente público en que ejerza sus funciones, a personas con las que tenga lazos de parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado, de afinidad hasta el segundo grado, o vínculo de matrimonio o concubinato. Artículo adicionado DOF 19-11-2019
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este articulo es vital para prevenir el nepotismo en el servicio público. Se recomienda implementar políticas de contratación transparentes y objetivas.
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