El Comité Coordinador expedirá normas y formatos para la presentación de la declaración de intereses. Los plazos y procedimientos establecidos en la ley serán aplicables para su cumplimiento.
El Comité Coordinador, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, expedirá las normas y los formatos impresos, de medios magnéticos y electrónicos, bajo los cuales los Declarantes deberán presentar la declaración de intereses, así como los manuales e instructivos, observando lo dispuesto por el artículo 29 de esta Ley.
La declaración de intereses deberá presentarse en los plazos a que se refiere el artículo 33 de esta Ley y de la misma manera le serán aplicables los procedimientos establecidos en dicho artículo para el incumplimiento de dichos plazos. También deberá presentar la declaración en cualquier momento en que el servidor público, en el ejercicio de sus funciones, considere que se puede actualizar un posible Conflicto de Interés.
TÍTULO TERCERO DE LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y ACTOS DE PARTICULARES VINCULADOS CON FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES
Capítulo I De las Faltas administrativas no graves de los Servidores Públicos
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los servidores públicos deben estar al tanto de los formatos y plazos establecidos para evitar sanciones. La capacitación en el uso de estos formatos es fundamental para un cumplimiento efectivo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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