LGRA

Artículo 29. Declaraciones públicas

Las declaraciones patrimoniales y de intereses serán públicas, salvo aquellos rubros que puedan afectar la vida privada. El Comité Coordinador emitirá formatos para garantizar la protección de datos.

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Texto Legal

Las declaraciones patrimoniales y de intereses serán públicas salvo los rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales protegidos por la Constitución. Para tal efecto, el Comité Coordinador, a propuesta del Comité de Participación Ciudadana, emitirá los formatos respectivos, garantizando que los rubros que pudieran afectar los derechos aludidos queden en resguardo de las autoridades competentes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La publicidad de las declaraciones fomenta la transparencia, pero también plantea retos en la protección de datos. Los contadores deben estar al tanto de las implicaciones legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29 del LGRA?

Las declaraciones patrimoniales y de intereses serán públicas, salvo aquellos rubros que puedan afectar la vida privada. El Comité Coordinador emitirá formatos para garantizar la protección de datos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 29 de la LEY de Responsabilidades Administrativas?

[IA] La publicidad de las declaraciones fomenta la transparencia, pero también plantea retos en la protección de datos. Los contadores deben estar al tanto de las implicaciones legales.

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