LGRA

Artículo 23. Participación de la sociedad

El Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción debe establecer mecanismos para promover la participación de la sociedad en la generación de políticas públicas contra faltas administrativas.

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Texto Legal

El Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción deberá establecer los mecanismos para promover y permitir la participación de la sociedad en la generación de políticas públicas dirigidas al combate a las distintas conductas que constituyen Faltas administrativas.

Capítulo II De la integridad de las personas morales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La participación ciudadana es clave para la transparencia. Los contadores pueden ayudar a sus clientes a entender cómo estas políticas pueden impactar sus operaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 23 del LGRA?

El Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción debe establecer mecanismos para promover la participación de la sociedad en la generación de políticas públicas contra faltas administrativas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 23 de la LEY de Responsabilidades Administrativas?

[IA] La participación ciudadana es clave para la transparencia. Los contadores pueden ayudar a sus clientes a entender cómo estas políticas pueden impactar sus operaciones.

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