LGRA

Artículo 138. Hechos notorios

Los hechos notorios no requieren prueba y pueden ser mencionados por la autoridad resolutora, incluso si las partes no los mencionan. Esto agiliza el proceso probatorio.

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Texto Legal

Los hechos notorios no serán objeto de prueba, pudiendo la autoridad que resuelva el asunto referirse a ellos aun cuando las partes no los hubieren mencionado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los hechos notorios pueden ser un recurso útil en la defensa. Los abogados deben identificar estos hechos para fortalecer su posición sin necesidad de pruebas adicionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 138 del LGRA?

Los hechos notorios no requieren prueba y pueden ser mencionados por la autoridad resolutora, incluso si las partes no los mencionan. Esto agiliza el proceso probatorio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 138 de la LEY de Responsabilidades Administrativas?

[IA] Los hechos notorios pueden ser un recurso útil en la defensa. Los abogados deben identificar estos hechos para fortalecer su posición sin necesidad de pruebas adicionales.

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