LGPDPPSO

Artículo 64. Excepciones a la transferencia de datos

El responsable puede transferir datos sin consentimiento en ciertas situaciones, como cumplimiento legal o defensa de derechos. Este articulo detalla las excepciones que deben ser consideradas.

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Texto Legal

El responsable podrá realizar transferencias de datos personales sin necesidad de requerir el consentimiento de la persona titular, en los siguientes supuestos:

LEY GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

I. Cuando la transferencia esté prevista en esta Ley u otras leyes, convenios o tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte; II. Cuando la transferencia se realice entre responsables, siempre y cuando los datos personales se utilicen para el ejercicio de facultades propias, compatibles o análogas con la finalidad que motivó el tratamiento de los datos personales; III. Cuando la transferencia sea legalmente exigida para la investigación y persecución de los delitos, así como la procuración o administración de justicia; IV. Cuando la transferencia sea precisa para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho ante autoridad competente, siempre y cuando medie el requerimiento de esta última; V. Cuando la transferencia sea necesaria para la prevención o el diagnóstico médico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamiento médico o la gestión de servicios sanitarios, siempre y cuando dichos fines sean acreditados; VI. Cuando la transferencia sea precisa para el mantenimiento o cumplimiento de una relación jurídica entre el responsable y la persona titular; VII. Cuando la transferencia sea necesaria por virtud de un contrato celebrado o por celebrar en interés de la persona titular, por el responsable y un tercero; VIII. Cuando se trate de los casos en los que el responsable no esté obligado a recabar el consentimiento de la persona titular para el tratamiento y transferencia de sus datos personales, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la presente Ley, o IX. Cuando la transferencia sea necesaria por razones de seguridad nacional. La actualización de algunas de las excepciones previstas en este artículo no exime al responsable de cumplir con las obligaciones que resulten aplicables previstas en el presente Capítulo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer las excepciones permite a los responsables actuar de manera más ágil en situaciones críticas. Sin embargo, es vital documentar adecuadamente cada transferencia para evitar problemas futuros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 64 del LGPDPPSO?

El responsable puede transferir datos sin consentimiento en ciertas situaciones, como cumplimiento legal o defensa de derechos. Este articulo detalla las excepciones que deben ser consideradas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 64 de la LEY de Protección de Datos Personales en Posesi...?

[IA] Conocer las excepciones permite a los responsables actuar de manera más ágil en situaciones críticas. Sin embargo, es vital documentar adecuadamente cada transferencia para evitar problemas futuros.

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