LGPDPPSO

Artículo 53. Relación contractual responsable-encargado

El artículo menciona que la relación entre el responsable y la persona encargada debe formalizarse mediante un contrato que acredite su existencia y alcance. Esto es fundamental para la legalidad del tratamiento.

contratoresponsablepersona encargada

Texto Legal

La relación entre el responsable y la persona encargada deberá estar formalizada mediante contrato o cualquier otro instrumento jurídico que decida el responsable, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, y que permita acreditar su existencia, alcance y contenido.

LEY GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

En el contrato o instrumento jurídico que decida el responsable se deberán prever, al menos, las siguientes cláusulas generales relacionadas con los servicios que preste la persona encargada: I. Realizar el tratamiento de los datos personales conforme a las instrucciones del responsable; II. Abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por el responsable; III. Implementar las medidas de seguridad conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; IV. Informar al responsable cuando ocurra una vulneración a los datos personales que trata por sus instrucciones; V. Guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; VI. Suprimir o devolver los datos personales objeto de tratamiento una vez cumplida la relación jurídica con el responsable, siempre y cuando no exista una previsión legal que exija la conservación de los datos personales, y VII. Abstenerse de transferir los datos personales salvo en el caso de que el responsable así lo determine, o la comunicación derive de una subcontratación, o por mandato expreso de la autoridad competente. Los acuerdos entre el responsable y la persona encargada relacionados con el tratamiento de datos personales no deberán contravenir la presente Ley y demás disposiciones aplicables, así como lo establecido en el aviso de privacidad correspondiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Formalizar la relación mediante un contrato es esencial para la protección de datos. Asegúrese de incluir cláusulas que especifiquen las obligaciones de ambas partes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 53 del LGPDPPSO?

El artículo menciona que la relación entre el responsable y la persona encargada debe formalizarse mediante un contrato que acredite su existencia y alcance. Esto es fundamental para la legalidad del tratamiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 53 de la LEY de Protección de Datos Personales en Posesi...?

[IA] Formalizar la relación mediante un contrato es esencial para la protección de datos. Asegúrese de incluir cláusulas que especifiquen las obligaciones de ambas partes.

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