LGPDPPSO

Artículo 41. Oposición al tratamiento

Los titulares pueden oponerse al tratamiento de sus datos personales en ciertas circunstancias. Este derecho protege a los individuos de tratamientos que pueden causarles perjuicio.

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Texto Legal

La persona titular podrá oponerse al tratamiento de sus datos personales o exigir que se cese en el mismo, cuando: I. Aun siendo lícito el tratamiento, el mismo debe cesar para evitar que su persistencia le cause un daño o perjuicio, y II. Sus datos personales sean objeto de un tratamiento automatizado, el cual le produzca efectos jurídicos no deseados o afecte de manera significativa sus intereses, derechos o libertades, y estén destinados

LEY GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

a evaluar, sin intervención humana, determinados aspectos personales de la misma o analizar o predecir, en particular, su rendimiento profesional, situación económica, estado de salud, preferencias sexuales, fiabilidad o comportamiento. Capítulo II Del Ejercicio de los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los responsables deben estar preparados para gestionar solicitudes de oposición. Esto incluye evaluar las razones y responder adecuadamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 41 del LGPDPPSO?

Los titulares pueden oponerse al tratamiento de sus datos personales en ciertas circunstancias. Este derecho protege a los individuos de tratamientos que pueden causarles perjuicio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 41 de la LEY de Protección de Datos Personales en Posesi...?

[IA] Los responsables deben estar preparados para gestionar solicitudes de oposición. Esto incluye evaluar las razones y responder adecuadamente.

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