LGPDPPSO

Artículo 32. Tipos de vulneraciones de seguridad

Se definen diversas vulneraciones de seguridad en el tratamiento de datos, incluyendo la pérdida, robo y uso no autorizado. Estas vulneraciones deben ser atendidas conforme a la normatividad aplicable.

vulneracionesseguridadtratamiento de datos

Texto Legal

Además de las que señalen las leyes respectivas y la normatividad aplicable, se considerarán como vulneraciones de seguridad, en cualquier fase del tratamiento de datos, al menos, las siguientes: I. La pérdida o destrucción no autorizada; II. El robo, extravío o copia no autorizada; III. El uso, acceso o tratamiento no autorizado, o IV. El daño, la alteración o modificación no autorizada.

LEY GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer los tipos de vulneraciones es crucial para que los responsables implementen medidas adecuadas. La capacitación del personal puede ayudar a prevenir estos incidentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 del LGPDPPSO?

Se definen diversas vulneraciones de seguridad en el tratamiento de datos, incluyendo la pérdida, robo y uso no autorizado. Estas vulneraciones deben ser atendidas conforme a la normatividad aplicable.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 32 de la LEY de Protección de Datos Personales en Posesi...?

[IA] Conocer los tipos de vulneraciones es crucial para que los responsables implementen medidas adecuadas. La capacitación del personal puede ayudar a prevenir estos incidentes.

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