El consentimiento puede ser expreso o tácito, pero para datos sensibles se requiere el consentimiento expreso. Esto establece un marco claro para la obtención del consentimiento.
El consentimiento podrá manifestarse de forma expresa o tácita. Se deberá entender que el consentimiento es expreso cuando la voluntad de la persona titular se manifieste verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos, signos inequívocos o por cualquier otra tecnología. El consentimiento será tácito cuando habiéndose puesto a disposición de la persona titular el aviso de privacidad, ésta no manifieste su voluntad en sentido contrario. Por regla general será válido el consentimiento tácito, salvo que las disposiciones jurídicas aplicables exijan que la voluntad de la persona titular se manifieste expresamente. Tratándose de datos personales sensibles, el responsable deberá obtener el consentimiento expreso y por escrito de la persona titular para su tratamiento, a través de su firma autógrafa, firma electrónica o cualquier mecanismo de autenticación que al efecto se establezca, salvo en los casos previstos en el artículo 16 de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La distinción entre consentimiento expreso y tácito es crucial. Las organizaciones deben asegurarse de que el consentimiento para datos sensibles sea siempre expreso para evitar sanciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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