LGPAS

Artículo 18. Aplicación de principios estatales

Las entidades federativas y municipios deberán observar y aplicar los principios de la Política Nacional de Pesca y Acuacultura. Esto implica una coordinación efectiva entre niveles de gobierno para el manejo sustentable de los recursos.

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Texto Legal

Las entidades federativas y los municipios en el ámbito de sus competencias, observarán y aplicarán los principios a que se refiere el artículo anterior.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La coordinación entre los diferentes niveles de gobierno es crucial para el éxito de las políticas pesqueras. Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre cómo cumplir con estas directrices.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del LGPAS?

Las entidades federativas y municipios deberán observar y aplicar los principios de la Política Nacional de Pesca y Acuacultura. Esto implica una coordinación efectiva entre niveles de gobierno para el manejo sustentable de los recursos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 18 de la LEY de Pesca y Acuacultura Sustentables?

[IA] La coordinación entre los diferentes niveles de gobierno es crucial para el éxito de las políticas pesqueras. Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre cómo cumplir con estas directrices.

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