Este artículo establece qué información se considera reservada en los partidos políticos, incluyendo procesos deliberativos y estrategias políticas. Sin embargo, la información sobre gastos de campaña y aportaciones de particulares no puede ser reservada.
1. Se considerará reservada la información relativa a los procesos deliberativos de los órganos internos de los partidos políticos, la correspondiente a sus estrategias políticas, la contenida en todo tipo de encuestas por ellos ordenadas, así como la referida a las actividades de naturaleza privada, personal o familiar, de sus militantes, dirigentes, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, en términos de la ley de la materia.
2. No se podrá reservar la información relativa a la asignación y ejercicio de los gastos de campañas, precampañas y gastos en general del partido político con cuenta al presupuesto público, ni las
LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 02-03-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
aportaciones de cualquier tipo o especie que realicen los particulares sin importar el destino de los recursos aportados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que los partidos mantengan la transparencia en sus gastos, ya que esto puede afectar su reputación y confianza pública. Los contadores deben asegurarse de que se cumplan las normativas de divulgación.
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