LGPP

Artículo 10. Registro de organizaciones

Las organizaciones de ciudadanos que deseen constituirse como partidos políticos deben obtener su registro ante el Instituto o el Organismo Público Local correspondiente. Este artículo establece los requisitos para dicho registro.

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Texto Legal

1. Las organizaciones de ciudadanos que pretendan constituirse en partido político nacional o local deberán obtener su registro ante el Instituto o ante el Organismo Público Local, que corresponda.

2. Para que una organización de ciudadanos sea registrada como partido político, se deberá verificar que ésta cumpla con los requisitos siguientes:

a) Presentar una declaración de principios y, en congruencia con éstos, su programa de acción y los estatutos que normarán sus actividades; los cuales deberán satisfacer los requisitos mínimos establecidos en esta Ley;

b) Tratándose de partidos políticos nacionales, contar con tres mil militantes en por lo menos veinte entidades federativas, o bien tener trescientos militantes, en por lo menos doscientos distritos electorales uninominales, los cuales deberán contar con credencial para votar en dicha entidad o distrito, según sea el caso; bajo ninguna circunstancia, el número total de sus militantes en el país podrá ser inferior al 0.26 por ciento del padrón electoral federal que haya sido utilizado en la elección federal ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate, y

LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 02-03-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

c) [Tratándose de partidos políticos locales, contar con militantes en cuando menos dos terceras partes de los municipios de la entidad o de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; los cuales deberán contar con credencial para votar en dichos municipios o demarcaciones; bajo ninguna circunstancia, el número total de sus militantes en la entidad podrá ser inferior al 0.26 por ciento del padrón electoral que haya sido utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate.] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] El proceso de registro es crucial para la legalidad de los partidos. Los contadores deben asesorar a las organizaciones sobre los requisitos y procedimientos necesarios para evitar contratiempos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del LGPP?

Las organizaciones de ciudadanos que deseen constituirse como partidos políticos deben obtener su registro ante el Instituto o el Organismo Público Local correspondiente. Este artículo establece los requisitos para dicho registro.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la LEY de Partidos Políticos?

[IA] El proceso de registro es crucial para la legalidad de los partidos. Los contadores deben asesorar a las organizaciones sobre los requisitos y procedimientos necesarios para evitar contratiempos.

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