LGOAAC

Artículo 96. Sanciones a directores y auditores

Este artículo establece penas de prisión y multas para directores generales, gerentes, miembros del consejo y auditores que violen prohibiciones específicas. Las sanciones varían entre tres meses y dos años de prisión, además de multas que oscilan entre treinta y trescientos días de salario.

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Texto Legal

Se impondrá pena de prisión de tres meses a dos años y multa de treinta a trescientos días de salario a los directores generales o gerentes generales, miembros del consejo de administración, comisarios y auditores externos de las organizaciones auxiliares del crédito o de las casas de cambio que en el ejercicio de sus funciones, incurran en violación de cualquiera de las prohibiciones a que se refieren los artículos 23, fracción VII, 45, fracción XII y 87-A, fracción VII de esta Ley. Artículo reformado DOF 03-01-1990, 27-12-1991, 18-07-2006

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los directores y auditores conozcan las prohibiciones para evitar sanciones severas. Se recomienda implementar controles internos para asegurar el cumplimiento de la ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 96 del LGOAAC?

Este artículo establece penas de prisión y multas para directores generales, gerentes, miembros del consejo y auditores que violen prohibiciones específicas. Las sanciones varían entre tres meses y dos años de prisión, además de multas que oscilan entre treinta y trescientos días de salario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 96 de la LEY de Organizaciones y Actividades Auxiliares ...?

[IA] Es crucial que los directores y auditores conozcan las prohibiciones para evitar sanciones severas. Se recomienda implementar controles internos para asegurar el cumplimiento de la ley.

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