LGOAAC

Artículo 45-N. Derogacion del Articulo 45-N

El articulo 45-N fue adicionado el 3 de enero de 1990 y derogado el 15 de julio de 1993. Su derogacion significa que ya no es aplicable.

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Texto Legal

(Se deroga). Artículo adicionado DOF 03-01-1990. Derogado DOF 15-07-1993

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La derogacion de este articulo resalta la necesidad de revisar las normativas vigentes para evitar confusiones en su aplicacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 45-N del LGOAAC?

El articulo 45-N fue adicionado el 3 de enero de 1990 y derogado el 15 de julio de 1993. Su derogacion significa que ya no es aplicable.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 45-N de la LEY de Organizaciones y Actividades Auxiliares ...?

[IA] La derogacion de este articulo resalta la necesidad de revisar las normativas vigentes para evitar confusiones en su aplicacion.

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