El articulo 40, tras varias reformas, fue derogado en 2008. No tiene validez en la actualidad.
(Se deroga). Artículo reformado DOF 03-01-1990, 15-07-1993, 04-06-2001, 18-07-2006. Derogado DOF 20-08-2008
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La derogacion de este articulo es un recordatorio de la dinamica legislativa. Es recomendable revisar los articulos vigentes para asegurar el cumplimiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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