El Articulo 38-N fue adicionado en 1991 y derogado en 2001, lo que muestra la evolución de la ley. La derogacion se formalizo el 4 de junio de 2001.
(Se deroga). Artículo adicionado DOF 27-12-1991. Derogado DOF 04-06-2001
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La derogacion de este articulo sugiere que las disposiciones que contenia ya no son relevantes. Los contadores deben estar al tanto de las leyes vigentes para evitar confusiones.
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