La Sala competente determinará la admisión de pruebas en la audiencia, desechando aquellas que no sean pertinentes. Este proceso es fundamental para el desarrollo del juicio.
1. La Sala competente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la audiencia a que se refiere el artículo anterior, determinará la admisión de las pruebas que estime pertinentes, ordenando el desahogo de las que lo requieran, desechando aquellas que resulten notoriamente incongruentes o contrarias al derecho o a la moral o que no tengan relación con la litis.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que los abogados presenten pruebas relevantes y bien fundamentadas para maximizar sus posibilidades de éxito. La preparación de las pruebas debe ser meticulosa.
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