LGDNNA

Artículo 124. Requisitos para titular de Procuraduría

Este artículo establece los requisitos que debe cumplir la persona nombrada titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, asegurando la idoneidad del cargo.

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Texto Legal

Los requisitos para ser nombrada o nombrado titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, son los siguientes: Párrafo reformado DOF 28-04-2022

I. Ser persona ciudadana mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; Fracción reformada DOF 28-04-2022

II. Tener más de 35 años de edad;

III. Contar con título profesional de licenciatura en derecho debidamente registrado;

IV. Contar con al menos cinco años de experiencia en materia de procuración de justicia o defensa de niñas, niños y adolescentes;

V. No haber sido sentenciada o sentenciado por delito doloso o inhabilitada o inhabilitado como servidora o servidor público. Fracción reformada DOF 28-04-2022

El nombramiento de la persona titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes deberá ser aprobado por la Junta de Gobierno del Sistema Nacional DIF, a propuesta de quien sea su Titular. Párrafo reformado DOF 28-04-2022

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Las leyes de las entidades federativas establecerán las medidas necesarias que permitan la desconcentración regional de las Procuradurías de Protección, a efecto de que logren la mayor presencia y cobertura posible en los municipios y, en el caso de la Ciudad de México, en sus demarcaciones territoriales. Párrafo reformado DOF 23-06-2017

Capítulo Tercero Del Sistema Nacional de Protección Integral

Sección Primera De los Integrantes

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los abogados conozcan estos requisitos para entender el perfil de quienes ocupan cargos clave en la protección de derechos de la infancia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 124 del LGDNNA?

Este artículo establece los requisitos que debe cumplir la persona nombrada titular de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, asegurando la idoneidad del cargo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 124 de la LEY de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes?

[IA] Es importante que los abogados conozcan estos requisitos para entender el perfil de quienes ocupan cargos clave en la protección de derechos de la infancia.

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