LGAAS

Artículo 36. Sustancias dañinas en alimentos

Queda prohibido el uso de sustancias dañinas en la produccion y manejo de alimentos. Las legislaciones pertinentes estableceran un listado de estas sustancias y sus sanciones.

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Texto Legal

Queda prohibido emplear sustancias dañinas para la salud y el medio ambiente, en la producción, transportación, almacenamiento o empaque de alimentos de cualquier tipo. Las legislaciones especiales en materia de salud y protección al medio ambiente, establecerán el listado de sustancias dañinas con base en el marco normativo y jurídico vigente establecido por las autoridades competentes y las sanciones correspondientes, tomando en consideración los principios de precaución, prevención y la sostenibilidad.

Capítulo II De las compras públicas

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas deben implementar controles de calidad rigurosos para evitar el uso de sustancias prohibidas. La capacitación del personal en normativas de salud es esencial para el cumplimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del LGAAS?

Queda prohibido el uso de sustancias dañinas en la produccion y manejo de alimentos. Las legislaciones pertinentes estableceran un listado de estas sustancias y sus sanciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la LEY de la Alimentación Adecuada y Sostenible?

[IA] Las empresas deben implementar controles de calidad rigurosos para evitar el uso de sustancias prohibidas. La capacitación del personal en normativas de salud es esencial para el cumplimiento.

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