LGAAS

Artículo 12. Coordinación entre Autoridades

Las autoridades pueden adoptar medidas de coordinación para cumplir con las obligaciones de la ley, promoviendo convenios con sectores social y privado. Este artículo enfatiza la colaboración interinstitucional.

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Texto Legal

Las autoridades de los tres órdenes de gobierno, con el fin de cumplir con las obligaciones a las que se refiere el artículo 5 de esta Ley, podrán, en sus respectivos ámbitos de competencia, adoptar las medidas que permitan la coordinación y colaboración administrativa, técnica, financiera y demás que se requieran, a partir de la suscripción de convenios o acuerdos institucionales. De igual forma, podrán promover este tipo de instrumentos con los sectores social y privado, así como con organismos e instituciones internacionales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La coordinación entre diferentes niveles de gobierno es esencial para la efectividad de la ley. Los contadores deben evaluar cómo se gestionan estos convenios y su impacto financiero.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LGAAS?

Las autoridades pueden adoptar medidas de coordinación para cumplir con las obligaciones de la ley, promoviendo convenios con sectores social y privado. Este artículo enfatiza la colaboración interinstitucional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY de la Alimentación Adecuada y Sostenible?

[IA] La coordinación entre diferentes niveles de gobierno es esencial para la efectividad de la ley. Los contadores deben evaluar cómo se gestionan estos convenios y su impacto financiero.

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