En la sustanciación de procedimientos sancionadores, se aplicará supletoriamente la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. Esto asegura un marco legal más completo para la resolución de conflictos.
1. En la sustanciación de los procedimientos sancionadores, se aplicará supletoriamente en lo no previsto en esta Ley, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los profesionales deben considerar la aplicación de esta ley supletoria en sus estrategias legales, ya que puede influir en la resolución de impugnaciones electorales.
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