LGIPE

Artículo 333. Listas nominales de electores

Las listas nominales de electores residentes en el extranjero son elaboradas por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores. Estas listas son temporales y se utilizan exclusivamente para fines electorales.

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Texto Legal

1. [Las listas nominales de electores residentes en el extranjero son las relaciones elaboradas por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores que contienen el nombre de las personas incluidas en el padrón electoral que cuentan con su credencial para votar, que residen en el extranjero y que solicitan su inscripción en dichas listas.] Numeral reformado DOF 02-03-2023 Numeral declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

2. Las listas nominales de electores residentes en el extranjero serán de carácter temporal y se utilizarán, exclusivamente, para los fines establecidos en este Libro.

LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-10-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

3. Las listas nominales de electores residentes en el extranjero no tendrán impresa la fotografía de los ciudadanos en ellas incluidos.

4. El Consejo General podrá ordenar medidas de verificación adicionales a las previstas en el presente Libro, a fin de garantizar la veracidad de las listas nominales de electores residentes en el extranjero.

5. Serán aplicables, en lo conducente, las normas contenidas en el Título Primero del Libro Cuarto de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La correcta elaboración y verificación de las listas nominales es fundamental para garantizar la transparencia en el proceso electoral. Los partidos políticos deben estar atentos a la veracidad de estas listas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 333 del LGIPE?

Las listas nominales de electores residentes en el extranjero son elaboradas por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores. Estas listas son temporales y se utilizan exclusivamente para fines electorales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 333 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] La correcta elaboración y verificación de las listas nominales es fundamental para garantizar la transparencia en el proceso electoral. Los partidos políticos deben estar atentos a la veracidad de estas listas.

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