LGIPE

Artículo 283. Protección a integrantes de mesas

Ninguna autoridad puede detener a los integrantes de las mesas directivas durante la jornada electoral, salvo en caso de delito flagrante. Esto protege la integridad del proceso electoral.

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Texto Legal

1. Ninguna autoridad podrá detener a los integrantes de las mesas directivas de casilla o a los representantes de los partidos y Candidatos Independientes durante la jornada electoral, salvo en el caso de delito flagrante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los funcionarios de casilla conozcan sus derechos y la protección que tienen durante la jornada electoral. Esto les permitirá actuar con confianza y asegurar un proceso justo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 283 del LGIPE?

Ninguna autoridad puede detener a los integrantes de las mesas directivas durante la jornada electoral, salvo en caso de delito flagrante. Esto protege la integridad del proceso electoral.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 283 de la LEY de Instituciones y Procedimientos Electorales?

[IA] Es fundamental que los funcionarios de casilla conozcan sus derechos y la protección que tienen durante la jornada electoral. Esto les permitirá actuar con confianza y asegurar un proceso justo.

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