Los contenidos de los planes de estudio deben incluir diversas materias y enfoques, como matematicas, ciencias, educacion sexual y ambiental. Se busca una formacion integral y contextualizada.
Los contenidos de los planes y programas de estudio de la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al tipo y nivel educativo, serán, entre otros, los siguientes:
I. El aprendizaje de las matemáticas;
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
XVIII. El fomento de los valores y principios del cooperativismo que propicien la construcción de relaciones, solidarias y fraternas;
XIX. La promoción de actitudes solidarias y positivas hacia el trabajo, el ahorro y el bienestar general;
XX. El fomento de la lectura y el uso de los libros, materiales diversos y dispositivos digitales;
XXI. La promoción del valor de la justicia, de la observancia de la ley y de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, la cultura de la legalidad, de la inclusión y la no discriminación, de la paz y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones, así como la práctica de los valores y el conocimiento de los derechos humanos para garantizar el respeto a los mismos; Fracción reformada DOF 15-01-2026
XXII. El conocimiento de las artes, la valoración, la apreciación, preservación y respeto del patrimonio musical, cultural y artístico, así como el desarrollo de la creatividad artística por medio de los procesos tecnológicos y tradicionales;
XXIII. La enseñanza de la música para potencializar el desarrollo cognitivo y humano, así como la personalidad de los educandos;
XXIV. El fomento de los principios básicos de seguridad y educación vial, y
XXV. Los demás necesarios para el cumplimiento de los fines y criterios de la educación establecidos en los artículos 15 y 16 de la presente Ley.
Título Tercero Del Sistema Educativo Nacional
Capítulo I De la naturaleza del Sistema Educativo Nacional
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este articulo es clave para la definicion de los contenidos educativos. Los educadores deben asegurarse de que los planes de estudio aborden temas relevantes y actuales para los estudiantes.
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