Las autoridades educativas promoverán el acceso a recursos para fortalecer la investigación y el desarrollo tecnológico en las instituciones de educación superior. Esto es crucial para el avance académico y científico.
Las autoridades educativas promoverán, ante las instancias competentes y conforme a los procedimientos establecidos en las disposiciones aplicables, que las instituciones de educación superior accedan a los recursos destinados al fortalecimiento y expansión de la investigación científica, humanística y el desarrollo de la tecnología y la innovación en todas las regiones del país.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 20-04-2021 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Los recursos a los que se refiere este artículo se destinarán para apoyar la investigación básica y aplicada, la generación de prototipos científicos y tecnológicos, el diseño de proyectos para la mejora continua de la educación, la divulgación de la ciencia, la innovación tecnológica y, en general, todas aquellas acciones que contribuyan al desarrollo del país.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las instituciones deben estar proactivas en la búsqueda de financiamiento para proyectos de investigación. Establecer vínculos con entidades gubernamentales puede facilitar el acceso a estos recursos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo