LGEC

Artículo 10. Mecanismos de Implementación

La Secretaría determinará mecanismos para la implementación gradual de obligaciones en economía circular por sector productivo. Se requiere la participación del sector en la elaboración de acuerdos.

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Texto Legal

La Secretaría, mediante acuerdos generales de implementación de la REP determinará mecanismos para la implementación gradual de las obligaciones contenidas en esta Ley, por sector productivo, Producto, o ambos. El sector productivo debe ser convocado a participar en la elaboración del proyecto del acuerdo general correspondiente. La Secretaría de Economía emitirá opinión previa sobre los acuerdos generales de implementación de la REP en el ámbito de su competencia. En los casos que proceda, los anunciará, notificará o consultará, según corresponda, en términos de los acuerdos internacionales en materia económica. Asimismo, debe requerir al sector productivo, a la persona productora y, en su caso, a los organismos coordinadores, a las confederaciones nacionales, o las cámaras nacionales, información para la elaboración de acuerdos generales de implementación. Las personas productoras e importadoras y, en su caso, los organismos coordinadores: LEY GENERAL DE ECONOMÍA CIRCULAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 19-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

I. Están sujetas al cumplimiento de las disposiciones de los acuerdos generales de implementación de la REP, y II. Pueden celebrar convenios de concertación con la Secretaría en términos del artículo 48 de esta Ley, así como de auditoría ambiental voluntaria con la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente conforme al artículo 35 de esta Ley. Las autoridades competentes podrán otorgar estímulos fiscales en términos de la normativa aplicable. Capítulo Primero De la Gestión Circular y su registro

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es clave para entender cómo se implementarán las obligaciones de la Ley. Los asesores deben preparar a sus clientes para cumplir con estos mecanismos a medida que se implementen.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del LGEC?

La Secretaría determinará mecanismos para la implementación gradual de obligaciones en economía circular por sector productivo. Se requiere la participación del sector en la elaboración de acuerdos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la LEY de Economía Circular?

[IA] Este artículo es clave para entender cómo se implementarán las obligaciones de la Ley. Los asesores deben preparar a sus clientes para cumplir con estos mecanismos a medida que se implementen.

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