LGDS

Artículo 72. Evaluacion de Politica Social

La evaluación integral de la Política de Desarrollo Social es responsabilidad del Instituto, que puede realizarla directamente o a través de organismos independientes. Esto asegura la objetividad en la evaluación.

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Texto Legal

La evaluación integral de la Política de Desarrollo Social está a cargo del Instituto que podrá realizarla por sí mismo o a través de uno o varios organismos independientes del ejecutor del programa, y tiene por objeto, revisar periódicamente el cumplimiento del objetivo social de los programas, proyectos y acciones, incluidos los recursos, que se requieren para la implementación de la Política de Desarrollo Social. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La evaluación independiente es crucial para garantizar que los programas sociales cumplan con sus objetivos y se utilicen adecuadamente los recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 72 del LGDS?

La evaluación integral de la Política de Desarrollo Social es responsabilidad del Instituto, que puede realizarla directamente o a través de organismos independientes. Esto asegura la objetividad en la evaluación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 72 de la LEY de Desarrollo Social?

[IA] La evaluación independiente es crucial para garantizar que los programas sociales cumplan con sus objetivos y se utilicen adecuadamente los recursos.

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