Las acciones culturales de la Federación deben ejecutarse conforme al presupuesto aprobado y a las leyes fiscales. Esto asegura que los recursos se utilicen de manera adecuada y transparente.
Las acciones contempladas en esta Ley, que corresponda realizar a la Federación, deberán ejecutarse:
I. De acuerdo a la disponibilidad presupuestaria aprobada para el fomento, difusión, conservación, preservación e investigación de la cultura en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal que corresponda, con cargo a los fondos que tengan como LEY GENERAL DE CULTURA Y DERECHOS CULTURALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
finalidad el fomento de las expresiones y manifestaciones de cultura en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones aplicables;
II. A los estímulos e incentivos contemplados en las leyes fiscales, y
III. A las donaciones, herencias y legados que se adquieran por cualquier título para el cumplimiento de los propósitos de las mismas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La correcta ejecución de las acciones culturales es vital para la transparencia. Los contadores deben asegurarse de que se cumplan las normativas fiscales en la utilización de recursos.
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