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Artículo 15. Proteccion del patrimonio cultural inmaterial

Las autoridades desarrollarán acciones para investigar y proteger el patrimonio cultural inmaterial, promoviendo el respeto por las culturas originarias. Esto es esencial para la preservación cultural.

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Texto Legal

La Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia, desarrollarán acciones para investigar, conservar, proteger, fomentar, formar, enriquecer y difundir el patrimonio cultural inmaterial, favoreciendo la dignificación y respeto de las manifestaciones de las culturas originarias, mediante su investigación, difusión, estudio y conocimiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este articulo es fundamental para la preservación del patrimonio cultural. Los contadores y abogados deben considerar su aplicación en proyectos de conservación y difusión cultural.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del LGCDC?

Las autoridades desarrollarán acciones para investigar y proteger el patrimonio cultural inmaterial, promoviendo el respeto por las culturas originarias. Esto es esencial para la preservación cultural.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la LEY de Cultura y Derechos Culturales?

[IA] Este articulo es fundamental para la preservación del patrimonio cultural. Los contadores y abogados deben considerar su aplicación en proyectos de conservación y difusión cultural.

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