El COVED se compone de un Consejero Presidente y dos Consejeros Titulares, designados por la Junta Directiva de CONADE. Los miembros deben tener formación en Derecho y experiencia en el ámbito deportivo, con un periodo de encargo de cuatro años.
El COVED se integrará por un Consejero Presidente y dos Consejeros Titulares con sus respectivos suplentes designados por la Junta Directiva de CONADE.
La designación deberá recaer en personas con profesión de Licenciado en Derecho, conocimiento en el ámbito deportivo, así como reconocido prestigio y calidad moral.
El Consejero Presidente y los Consejeros Titulares durarán cuatro años en su encargo pudiendo ser ratificados por un periodo más.
El funcionamiento, integración y operación del COVED estarán regulados en términos de lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento y demás ordenamientos aplicables.
Sección Tercera De Otras Asociaciones y Sociedades
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que los designados al COVED cuenten con la experiencia adecuada, ya que su labor impacta directamente en la regulación del deporte en el país. La selección de estos consejeros debe ser cuidadosa para asegurar la calidad en la toma de decisiones.
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