LGCG

Artículo 68. Presentacion de informacion financiera

La presentación de la información financiera del Gobierno Federal debe seguir esta Ley y otras leyes aplicables. Esto asegura la coherencia y cumplimiento normativo.

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Texto Legal

La presentación de la información financiera del Gobierno Federal se sujetará a lo dispuesto en esta Ley y las leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México se sujetarán en la presentación de la información financiera, a esta Ley y a las disposiciones jurídicas aplicables. Por lo que se refiere a los recursos federales transferidos a dichos órdenes de gobierno, observarán las disposiciones específicas de las leyes citadas en el párrafo anterior y de la Ley de Coordinación Fiscal, así como las disposiciones del presente Capítulo. Párrafo reformado DOF 19-01-2018

En los programas en que concurran recursos federales, de las entidades federativas y en su caso, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, se harán las anotaciones respectivas identificando el monto correspondiente a cada orden de gobierno. Artículo adicionado DOF 12-11-2012

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es vital que los entes públicos se mantengan actualizados sobre las leyes aplicables para evitar sanciones. La capacitación continua es recomendable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del LGCG?

La presentación de la información financiera del Gobierno Federal debe seguir esta Ley y otras leyes aplicables. Esto asegura la coherencia y cumplimiento normativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 68 de la LEY de Contabilidad Gubernamental?

[IA] Es vital que los entes públicos se mantengan actualizados sobre las leyes aplicables para evitar sanciones. La capacitación continua es recomendable.

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