LGCG

Artículo 55. Cuentas públicas de ayuntamientos

Las cuentas públicas de los ayuntamientos deben contener información contable y presupuestaria según lo determinado por el Consejo. Esto asegura la transparencia en la gestión municipal.

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Texto Legal

Las cuentas públicas de los ayuntamientos de los municipios deberán contener la información contable y presupuestaria a que se refiere el artículo 48 de la presente Ley conforme a lo que determine el Consejo, en atención a las características de los mismos. LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Artículo reformado DOF 30-12-2015

TÍTULO QUINTO De la Transparencia y Difusión de la Información Financiera Título adicionado DOF 12-11-2012

CAPÍTULO I Disposiciones Generales Capítulo adicionado DOF 12-11-2012

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los ayuntamientos sigan las directrices del consejo para la elaboración de sus cuentas públicas. La falta de cumplimiento puede resultar en auditorías desfavorables.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 55 del LGCG?

Las cuentas públicas de los ayuntamientos deben contener información contable y presupuestaria según lo determinado por el Consejo. Esto asegura la transparencia en la gestión municipal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 55 de la LEY de Contabilidad Gubernamental?

[IA] Es fundamental que los ayuntamientos sigan las directrices del consejo para la elaboración de sus cuentas públicas. La falta de cumplimiento puede resultar en auditorías desfavorables.

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