LGCC

Artículo 76. Sistema de Información sobre Cambio Climático

Se establece un Sistema de Información sobre el Cambio Climático que estará a cargo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Este sistema se integrará conforme a la Ley del Sistema Nacional de Información, Estadística y Geografía.

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Texto Legal

Se integrará un Sistema de Información sobre el Cambio Climático a cargo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con apego a lo dispuesto por la Ley del Sistema Nacional de Información, Estadística y Geografía.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este sistema es fundamental para la recopilación de datos sobre el cambio climático en México. Contadores y abogados deben estar atentos a su desarrollo y a cómo puede afectar la regulación ambiental.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 76 del LGCC?

Se establece un Sistema de Información sobre el Cambio Climático que estará a cargo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Este sistema se integrará conforme a la Ley del Sistema Nacional de Información, Estadística y Geografía.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 76 de la LEY de Cambio Climático?

[IA] Este sistema es fundamental para la recopilación de datos sobre el cambio climático en México. Contadores y abogados deben estar atentos a su desarrollo y a cómo puede afectar la regulación ambiental.

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