Las personas responsables de fuentes emisoras deben entregar informes a la Secretaria en un plazo de quince dias. Este cumplimiento es vital para la transparencia y control de emisiones.
Las personas físicas o morales responsables de las fuentes emisoras que sean requeridas por la Secretaría para proporcionar los informes, datos o documentos que integran el reporte de emisiones tendrán la obligación de hacerlo dentro de un plazo no mayor a quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de su notificación.
CAPÍTULO II MEDIDAS DE SEGURIDAD
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] El cumplimiento de esta obligacion es fundamental para evitar sanciones. Se recomienda establecer procesos internos que aseguren la entrega oportuna de la informacion requerida.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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