LGBN

Artículo 74. Causas de extinción de concesiones

Las concesiones sobre inmuebles federales pueden extinguirse por diversas causas, como el vencimiento del plazo o la renuncia del concesionario. Es importante que los concesionarios estén al tanto de estas causas para evitar sorpresas.

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Texto Legal

Las concesiones sobre inmuebles federales se extinguen por cualquiera de las causas siguientes:

I.- Vencimiento del plazo por el que se haya otorgado;

II.- Renuncia del concesionario ratificada ante la autoridad;

III.- Desaparición de su finalidad o del bien objeto de la concesión;

IV.- Nulidad, revocación y caducidad;

V.- Declaratoria de rescate;

VI.- Cuando se afecte la seguridad nacional, o

VII.- Cualquiera otra prevista en las leyes, reglamentos, disposiciones administrativas o en la concesión misma, que a juicio de la dependencia concesionante haga imposible o inconveniente su continuación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los concesionarios deben monitorear el cumplimiento de las condiciones de su concesión para evitar la extinción, lo que podría resultar en la pérdida de inversiones significativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74 del LGBN?

Las concesiones sobre inmuebles federales pueden extinguirse por diversas causas, como el vencimiento del plazo o la renuncia del concesionario. Es importante que los concesionarios estén al tanto de estas causas para evitar sorpresas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 74 de la LEY de Bienes Nacionales?

[IA] Los concesionarios deben monitorear el cumplimiento de las condiciones de su concesión para evitar la extinción, lo que podría resultar en la pérdida de inversiones significativas.

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