La asamblea ejidal debe seguir esta Ley y las normas locales para regularizar asentamientos humanos irregulares. Se requiere la intervención del municipio correspondiente.
Para constituir, ampliar y delimitar la zona de urbanización ejidal y su reserva de Crecimiento; así como para regularizar la tenencia de predios en los que se hayan constituido asentamientos humanos irregulares, la asamblea ejidal o de comuneros respectiva deberá ajustarse a esta Ley, a las disposiciones jurídicas locales de Desarrollo Urbano, a la Zonificación contenida en los planes o programas aplicables en la materia y a las normas mexicanas o normas oficiales mexicanas aplicables en la materia. En estos casos, se requiere la intervención del municipio en que se encuentre ubicado el ejido o comunidad.
TÍTULO SEXTO RESILIENCIA URBANA
Capítulo Único De la Resiliencia Urbana, Prevención y Reducción de Riesgos en los Asentamientos Humanos
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La regularización de asentamientos irregulares puede facilitar el acceso a servicios y derechos de propiedad. Es recomendable que los ejidatarios busquen asesoría legal para cumplir con todos los requisitos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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