Se sancionará a quienes permitan ocupaciones irregulares en áreas protegidas o que no respeten la definición de Área Urbanizable. Esto es crucial para la protección del ordenamiento territorial.
Quienes propicien o permitan la ocupación irregular de áreas y predios en los Centros de Población, autoricen indebidamente el Asentamiento Humano o construcción en zonas de riesgo, en polígonos de protección, salvaguarda y amortiguamiento en torno a la infraestructura o equipamientos de seguridad nacional o de protección en derechos de vía o zonas federales, o que no respeten la definición de Área Urbanizable contenida en este ordenamiento se harán acreedores a las sanciones administrativas, civiles y penales aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es esencial que los abogados adviertan a sus clientes sobre las consecuencias legales de permitir ocupaciones irregulares en predios, ya que esto puede resultar en sanciones severas.
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