LGA

Artículo 53. Responsabilidades de áreas productoras

Las áreas productoras de documentación deben facilitar la elaboración de fichas técnicas de valoración y determinar la trascendencia de los documentos. Esto es esencial para una correcta gestión documental.

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Texto Legal

Las áreas productoras de la documentación, con independencia de participar en las reuniones del Grupo Interdisciplinario, les corresponde:

I. Brindar al responsable del área coordinadora de archivos las facilidades necesarias para la elaboración de las fichas técnicas de valoración documental; LEY GENERAL DE ARCHIVOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

II. Identificar y determinar la trascendencia de los documentos que conforman las series como evidencia y registro del desarrollo de sus funciones, reconociendo el uso, acceso, consulta y utilidad institucional, con base en el marco normativo que los faculta;

III. Prever los impactos institucionales en caso de no documentar adecuadamente sus procesos de trabajo, y

IV. Determinar los valores, la vigencia, los plazos de conservación y disposición documental de las series documentales que produce.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es recomendable que las áreas productoras establezcan protocolos claros para la identificación y valoración de documentos, lo que facilitará el trabajo del grupo interdisciplinario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 53 del LGA?

Las áreas productoras de documentación deben facilitar la elaboración de fichas técnicas de valoración y determinar la trascendencia de los documentos. Esto es esencial para una correcta gestión documental.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 53 de la LEY de Archivos?

[IA] Es recomendable que las áreas productoras establezcan protocolos claros para la identificación y valoración de documentos, lo que facilitará el trabajo del grupo interdisciplinario.

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