Los sujetos obligados deben establecer procedimientos para la generación y administración de documentos electrónicos, incluyendo planes de preservación a largo plazo. Esto asegura la integridad y disponibilidad de la información.
Los sujetos obligados establecerán en su programa anual los procedimientos para la generación, administración, uso, control y migración de formatos electrónicos, así como planes de preservación y conservación de largo plazo que contemplen la migración, la emulación o cualquier otro método de preservación y conservación de los documentos de archivo electrónicos, apoyándose en las disposiciones emanadas del Consejo Nacional.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La planificación adecuada para la gestión de documentos electrónicos es clave para evitar la pérdida de información. Se recomienda realizar auditorías periódicas de los sistemas implementados.
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Art. 41. Gestion documental electronica
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Art. 43. Estrategia de preservacion de documentos electronicos
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