Los sujetos obligados deben elaborar un informe anual sobre el cumplimiento del programa anual y publicarlo en su portal electronico. Esto debe hacerse antes del 31 de enero del siguiente año.
Los sujetos obligados deberán elaborar un informe anual detallando el cumplimiento del programa anual y publicarlo en su portal electrónico, a más tardar el último día del mes de enero del siguiente año de la ejecución de dicho programa.
CAPÍTULO VI DEL ÁREA COORDINADORA DE ARCHIVOS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La elaboracion del informe anual es crucial para la rendicion de cuentas. Se recomienda iniciar su preparacion con anticipacion para evitar contratiempos.
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