Los entes públicos del ámbito federal deben donar el desecho de papel a la Comisión Nacional de Libros de Texto para fines de reciclaje, sin costo alguno.
Los sujetos obligados que son entes públicos del ámbito federal deberán donar únicamente a la Comisión Nacional de Libros de Texto, para fines de reciclaje, y sin carga alguna el desecho de papel derivado de las bajas documentales en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Artículo reformado DOF 19-01-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo promueve la sostenibilidad en la gestión de archivos. Los sujetos obligados deben establecer políticas claras para el manejo de desechos documentales.
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